Información básica sobre la competencia desleal
Guía publicada por:
Basic

Administrador de Fincas Las Palmas - AL Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Civil
VER PERFILLa competencia desleal esta regulado en la ley de 3/1991 de enero la cual es modificada posteriormente por la ley 29/2009” según dicha ley como tal cualquier comportamiento que se realice en el mercado por los empresarios y por cualesquiera personas que participen en el mismo, cuando produzca o pueda producir efectos sustanciales en el mercado español y siempre que tenga fines concurrenciales, es decir, que se revele objetivamente idóneo para promover o asegurar la difusión en el mercado de las prestaciones propias o de un tercero y, por último, que sea contrario a la buena fe en sentido objetivo. Conductas de una competencia desleal
- Actos de confusión, imitación y parasitarios.
- Actos de engaño: utilización y difusión de información incorrecta o falsa, o la omisión de una información que puede inducir al error.
- Publicidad en especie o promoción de ventas: cuando se pone al consumidor en la obligación moral, o cuando inducen a error con otros productos o dificulten la apreciación del valor efectivo de la oferta o su comparación con ofertas alternativas
- Actos de denigración: en este punto sería realizar manifestaciones que puede perjudicar a un tercero en el mercado, salvo que se acredite que dichas afirmaciones son ciertas
- Actos de comparación: Se consideran desleal cuando no sean productos y servicios análogos.
- Actos de agresión directa tipificados por la ley: en este punto estarían la violación de secretos profesionales, o inducción a trabajadores a incumplir su obligación contractual.
- Competencia desleal por violación de leyes
- Competencia desleal por discriminación:
- Competencia desleal por venta a pérdida, solo considera desleal tres supuestos:
- Actos de competencia desleal tipificados en la ley de comercio minorista
- Bienes y servicios que cumplan la misma finalidad
- La comparación debe ser objetiva comparando entre una y mas características esenciales, pertinentes y verificables
- Productos con denominación de origen solo pueden realizarse con productos que tengan la misma denominación
- No podrán realizarse comparaciones como si fueran imitaciones o réplicas