Novedades Expediente Regulación Temporal de Empleo

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Abogado de Talavera de la Reina especializado en Derecho Civil
VER PERFILSe han adoptado por parte del gobierno nuevas medidas que modifican las ya existentes tanto en lo que se refiere a los ERTES como en lo relativo a la protección de los trabajadores autónomos, a continuación se exponen de forma esquemática en que consisten estas novedades:
Con respecto a los ERTES se han introducido las siguientes novedades:
- Se amplía el plazo de los ERTES hasta el 30 de septiembre.
- Para aquellas empresas que estén en situación de ERTE, ya sea parcial (si se ha reactivado la actividad) o total, se establece la imposibilidad de realización de horas extras.
- Igualmente para las empresas anteriormente reseñadas se prohíbe la contratación durante el plazo de mantenimiento del ERTE.
- En el caso de que estas empresas, sean sociedades se les prohíbe el reparto de beneficios sociales.
- Se obliga a al mantenimiento del empleo durante los 6 meses siguientes a la finalización del mismo.
En lo relativo a las exoneraciones de las cotizaciones a la Seguridad Social se introducen las siguientes novedades que tendrán un plazo de aplicación desde el 1 de julio a 30 de septiembre:
En el caso de Fuerza Mayor Total (sin reactivar la actividad)
Empresas con menos de 50 trabajadores:
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
70%
60%
35%
Empresas con 50 o más trabajadores:
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
50%
40%
25%
En el caso de Fuerza Mayor Parcial (se ha reactivado la actividad)
Empresas con menos de 50 trabajadores
JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE
Trabajadores activos
60%
Trabajadores en ERTE
35%
Empresas de 50 o más trabajadores
JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE
Trabajadores activos
40%
Trabajadores en ERTE
25%
En el Real Decreto-ley mencionado se prevé una serie de exoneraciones para el caso de que se produzca un “rebrote”, estas exoneraciones tendrán efectos desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre y se configuran de la siguiente forma:
Empresas con menos de 50 trabajadores: exoneración del 80%
Empresas con 50 trabajadores o más: exoneración del 60%
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