ACTA DE NOTORIEDAD

CARLOS ALVAREZ ABOGADO (CAD ABOGADOS)
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil
Buenas Tardes.-
En este caso de impugnacion del acta de Notoriedad, no queda otra opcion que acudir a los Tribunales de Justicia, con el fin de ventilar si es heredero el hermano de su fallecido padre sobre dicha herencia.
De momento no se puede alegar nada. Quien tiene que alegar algo es el hermano de su padre que ha impugnado y que esta obligado a demandar en via judicial.
Para cualquier aclaracion o ampliacion , mi telefono del despacho es 922 651 851 y mi movil 610 264 522. Referencia consulta Lex dir sobre acta declaratorio impugnada

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Abogado de San Cristóbal de La Laguna especializado en Derecho Civil General
Siempre podrán alegar ustedes el haber poseído en concepto de dueño el inmueble durante el tiempo que determina la Ley, y entender que se ha adquirido por usucapión. Quedo a la espera de sus noticias.