Agresión de un padre a su hijo.

Estimada señora: el hecho de que se revocara la orden de alejamiento, no es óbice para que pueda celebrarase el oportuno juicio. Ahora bien, eso sólo ocurrirá si el proceso no se archiva por considerar que no existen indicios constitutivos de infracción penal. Como desconozco las circusntancias que usted indica en su consulta en relación a la conducta del padre en relación a su hijo, no puedo indicarle cuál puede ser el resultado. Para poder proporcionarle mayor información debería tener conocimiento de los hechos concretos que aparecen enl a denuncia, ver las declaraciones de las partes, etc. Esperamos haberle sido de alguna ayuda. No obstante, puede consultar con nosotros a través de www.majanoabogados.com.

Estimada cliente, en principio si el delito no ha sido juzgado se celebrará el correspondiente juicio y en su caso si le condenan le pondrán una orden de alejamiento a título de condena, no como medida cautelar que presumo que es lo que tenía. Sin embargo sin conocer el procedimiento no puedo darle una respuesta categórica.

Buenos días,
El juicio debe de estar señalado y por lo tanto, realizarse. De todas formas, puede enviarnos la documentación e información referente a su casa a el email ramon@rfabogados.es y le informaremos con mayor detalle.
Un cordial saludo

AC ABOGADOS
Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común
Le ofrecemos consulta gratuita en nuestro despacho de Toledo. 664879833wapp

Lo normal es que haya juicio
Atentamente

Lo normal es que haya juicio.
Atentament