Alta médica sin estar recuperado

Buenos días. Si la mutua patronal de accidentes de trabajo lo estima oportuno, puede solicitar su revisión por tribunal médico del INSS, a fin de poder prolongar su situación de incapacidad temporal en caso de que haya aún posibilidades de mejoría, o para que sea declarado definitivamente en situación de alta o de incapacidad permanente en el grado que sea. La resolución que se dicte podrá impugnarla enta la jurisdicción laboral. Una vez que le sea reconocida la incapacidad, sea en el grado que sea, no olvide que hay una indemnización que le puede corresponder según su convenio colectivo y grado de invalidez. quedo a su disposición. un saludo

Abogado especialista en seguros Ciudad Real Mario Mansilla Hidalgo - Abogado
Abogado de Fernán Caballero
Si los especialistas de la Mutua, consideran que estás en condiciones de disponer de la Incapacidad Permanente, pueden remitirte al Tribunal para la correspondiente calificación.
Eso no significa que te manden a trabajar, si no, que lo que solicitan, es que te concedan la Incapacidad Permanente en el grado que sea, y a partir de esos momentos, pasar a cobrar como pensionista.
No obstante, te informo, que por haberlo sido con motivo de accidente de trabajo, puedes tener un complemento de entre el 30 y el 50% de las prestaciones, con lo que te aconsejo acudas a un profesional.