Caida en un bar,resultado rotura de cubito

En primer lugar debe hablar con el dueño del local para que le facilite el seguro. Luego debe tener claro que no toda caída da derecho a ser indemnizado. Las circunstancias de la caída son determinantes. En cualquier caso, de tener derecho a una indemnización y no serle abonada por el seguro o el propiaterio del bar voluntariamente, deberá interponer demanda ante los Juzgados de Primera Instancia para reclamar judicialmente su pago.
MARIA JOSE LOPEZ ORDIALES COLEGIADO 2326 ICABA
MOVIL SEISCIENTOS CINCUENTA CIENTO SESENTA CIENTO NOVENTA Y CUATRO.

RAFAEL ROMERO PAREJO -ABOGADO-
Abogado de Villanueva de la Serena especializado en Derecho Laboral
Estimado Sr./a:
No en todo caso es objeto de reclamación una caída de ese tipo. Se debería examinar el caso en profundidad el asunto, estudiando la documentación que obre en su poder. Si tiene interés, puede llamar al teléfono seis cero tres cuatro cero seis tres tres cero. Mi nombre es Rafael, y puede solicitar un presupuesto previo antes de dar cualquier paso. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Abogado Badajoz Francisco Jesús Gallego Sánchez
Abogado de Badajoz especializado en Derecho de Familia
Para actuar es necesario que nos facilite documentación acreditativa de lo acontecido, es decir, informe de la asistencia médica e informarnos del modo en que aconteció y si se puede demostrar (testigos que presenciaron el acontecimiento).
Atentamente: