Cesión de código software como capital inicial en startup
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hace 11 años
Buenas tardes.
Contestando a su pregunta, sí que se puede, pero debe atribuirsele un valor (si es sociedad limitada no es necesario que exista un informe de experto independiente), (el valor total de aportaciones mínimo son 3000 euros) y la propiedad del software pasa a ser de la sociedad. Usted responde frente a la sociedad de que es usted el propietario.
De todos modos, si quisiera una primera visita sin coste alguno para concretar algún aspecto, estamos a su disposición.
Ignacio Tomás
Abogado
itomas@dorigaportabella.com
www.dorigaportabella.com
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Basic

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hace 11 años
Si, pero debe valorarlo junto con las valoraciones de las aportaciones d elos otros socios. atte. Manuel Alonso
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