Cláusula suelo del banco popular, irretroactividad

Sería bastante largo de explicar, pero el asunto está bastante claro después de la sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016: el consumidor tiene derecho a que le sean devueltas TODAS las cantidades indebidamente cobradas por el banco en virtud de la cláusula suelo, que no es ilícita en sí misma, pero sí en el modo en el que se ha incluido en los contratos hipotecarios suscritos entre la mayor parte de los bancos (y por supuesto el Popular) y sus clientes. Yo creo que se debe intentar la vía del acuerdo, eso sí, con el asesoramiento adecuado y si fracasa, emprender acciones legales. Las posibilidades de éxito son elevadas y las de obtener condena en costas, también. Quedo a su disposición.

Buenas tardes:
Precisamente la nueva sentencia dictada por el Tribunal Europeo ha venido a resolver sobre la retroactividad de los importes pagados de más como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 9 de mayo de 2013, en la que se alegaba que no eran retroactivas.
Por lo tanto desde luego que le es aplicable la nueva sentencia y desde luego que Ud. puede reclamar con muchas posibilidades de éxito. Es muy improbable una condena en costas. No obstante tendría que estudiar la escritura para asesorarle adecuadamente. Quedo a su disposición.

Hay que estudiar caso por caso según la escritura que usted tenga. En el caso de iniciar las acciones judiciales y de no prosperar su demanda le condenaría en costas.