¿Cómo puedo reclamar por un arreglo en el departamento que alquilo?

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta, y entendiendo que se refiere al dueño de un piso que tiene alquilado, le precisamos lo siguiente: 1) El arrendamiento, sobre lo que pregunta, se rige por el contrato que hayan firmado y, si no dice nada dicho contrato sobre algo —lo que es más que probable en relación con el aire acondicionado— por la Ley de Arrendamientos (aplicable siempre en primer lugar en lo imperativo) y , en su caso, por el Código Civil (art. 4 LA), por lo que tendría que verse, primeramente, el contrato; 2) Si el contrato nada dice sobre el aire acondicionado, algo más que probable como se ha dicho, el propietario está obligado a reparar, salvo que usted haya roto el aire (art. 21 LA y 1563 y 1564 CC); 3) Si el propietario no lo arregla, siempre que le corresponda el arreglo, le sugerimos que le haga una comunicación fehaciente (por burófax o en persona con firma de un duplicado y presencia de testigos) en la que le advierta que si no lo arregla en el breve plazo que le dé, lo arreglará usted y descontará el precio del alquiler; 4) Finalmente, si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o por email, ya que trabajamos en toda España y prestamos también asesoramiento online, siempre con presupuesto previo.

Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
Buenos días,
Dependerá del tiempo que lleve el piso alquilado, si se puede presumir que el aparato ya tenía defectos cuando usted alquiló o no.....
Habría que ver el contrato por si dijera algo, pero como presumiblemente no lo hará, deberemos atenernos a lo dicho anteriormente
Saludos