¿Cómo saber cuando no estas copiando un diseño registrado por diferencias?

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Buenas tardes. La respuesta de su pregunta requiera un estudio jurídico y, dependiendo de la tipología de diseño que se trate, un estudio técnico. Tampoco sé si se refiere a diseño industrial, marcas o algún otro tipo signo distintivo. De cualquier forma la prueba del algodón es solicitar, para el primer caso, la inscripción de un diseño industrial en la Oficina Española de Patentes y Marcas y esperar que se la concedan y que no se opongan a la misma. En caso de oposición, se podría luchar el asunto si en función de la normativa aplicable se cumplen los requisitos para su concesión.
La normativa básica de aplicación es la Ley 20/2003 de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial ( BOE 8 de julio de 2003, núm. 162) y el Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial (BOE 16 de octubre de 2004, núm. 250).
No dude en contactarnos si requiere un estudio minucioso sobre su caso.

Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
El diseño debe diferenciarse tanto estéticamente como técnicamente.