¿Cómo se puede formar parte de una comunidad de propietarios?

ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Lo cierto es que quedarán fuera de la comunidad así creada los elementos comunes de su vivienda, lo lógico es incluir a todos los copropietarios y realizar la división correspondiente; a este respecto puede consultar en el Registro de la Propiedad, si se ha procedido a realizar la llamada división horizontal y constan los diferentes elementos.
Por su parte señalar que el Artículo 396 del C. Civil preceptúa que: "Los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública podrán ser objeto de propiedad separada, que llevará inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio, que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfruta...". El derecho de copropiedad sobre los elementos comunes viene preceptuado por dicha norma, por lo que lo lógico sería estar dentro de dicha comunidad, pues habrá reparaciones o problemas que puedan afectar a elementos comunes a las tres viviendas.
Espero haber sido útil, un cordial saludo.