¿Cuándo se termina de pagar a un abogado que ha ganado un juicio?

Manrique de Lara Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
Buenos días:
Desconozco los términos del encargo profesional con su abogado pero, usted misma ha dicho que le pagó en su día 1.000 Euros por el procedimiento que le llevó a cabo en concepto de provisión de fondos, que no es la factura por el trabajo realizado, en realidad la provisión de fondos se pide anticipadamente para iniciar el procedimiento que normalmente es un 60 o 80% del importe total, pero reitero, dependerá del encargo al que hayan llegado en su día.
Yo personalmente, dejo por escrito el encargo profesional que realizo y la forma de pago, pero cada profesional tiene su forma de trabajar. De todas formas en familia no suele haber costas, no obstante, si ganaron ustedes es la otra parte la que le debe abonar a su abogado, me parece un poco excesivo que le exija más dinero para la reclamación de costas pero, como ya le he dicho cada profesional tiene su forma de trabajar.
Espero haberle sido de ayuda, atentamente reciba cordiales saludos

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Aunque no conozco el expediente, le informo lo siguiente: los 1000 euros si son de provisión de fondos es legal, y los 90 euros que le pide en principio considero que también son correctos. Al parecer, si mal no entiendo, han condenado a la parte contraria al pago de las costas. Pues bien el abogado, junto con su procurador tiene que presentar la minuta de pago de costas, y una vez se haga el mandamiento de pago de las costas a su favor, el abogado deberá compensarle la provisión de fondos correspondiente. Si tiente alguna duda le sugiero que entre en mi web de lexdir y que que llame por telefono y se lo aclarare, con mas detalle.

Abogado Convenio Regulador Las Palmas Sandra Ochoa
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Procesal Civil
Buenos días,
Normalmente el presupuesto del procedimiento es únicamente hasta la sentencia en primera instancia. Si se le condenó en costas y no las pagó, usted puede reclamarselas por medio de su abogado y procurador y entonces deberá volver a abonar los honorarios de ambos profesionales. Supuestamente, pues lo desconozco, usted ya pagó todos los honorarios por el trabajo de su abogado y por tanto eso ya está liquidado y si usted se conforma con la no reclamación de las costas debería quedar zanjado el asunto.
Espero haberle ayudado.
Un saludo