¿Cuánto me puedo ahorrar con la declaración conjunta?
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Sí es posible la declaración cojunta, siempre y cuando esteis casados en fecha 31 de diciembre de 2012. El ahorro consiste en lo siguiente, básicamente: se suman los ingresos de ambos y, por tratarse de declaración conjunta, a la suma de esos ingresos se aplica la reducción que se establezca legalmente (en el IRPF del año 2011 fue de 3.400.- €.). De este modo, si uno de los miembros de la pareja percibe ingresos por importe inferior a dicha cifra, siempre será más conveniente hacerla de forma conjunta, ya que el que percibe ingresos superiores puede reducir de su base gravable dicha suma de 3400.- €. Para cualquier otra aclaración, quedo a su entera disposición. ABOGADO JORGE ZAMORA VALLE