Custodia de hija menor: educación secundaria

ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes:
Reitero la anterior contestación, pues es preciso conocer si la separación es "de derecho", esto es, si se tramitó judicialmente o es solo "de hecho".
En el primer caso dispondrá Vd. de un "convenio regulador" que acreditará que la guarda y custodia de la menor, le corresponde en exclusiva.
Si está segura de que se tramitó judicialmente, busque algún dato del Juzgado, procedimiento etc., que permita realizar una averiguación del contenido delo expediente judicial y, en su caso la solicitud de una copia testimoniada que tiene fe pública (lo mismo que un notario) y podrá presentar en cualquier lugar.
Quedamos a su disposición, un cordial saludo.

Abogado de Familia Bilbao Beatriz Fernández & Naiara Rabinad Abogadas
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
En el caso de que el acuerdo respecto a la custodia, regimen de visitas etc....esta plasmado en Convenio regulador ratificado en el juzgado, y confirmado mediante sentencia, entonces, con la Sentencia testimoniada bastaria para acreditar que solo tu ostentas la guarda y custodia.
Al residir en inglaterra, quiza te pidan que legalices el documento alli, ante las autoridades Inglesas. Aunque eso es mejor que te lo digan alli.
En el caso de no haber ratificado via judicial el convenio, y tratarse de un acuerdo entre las partes, entonces, deberiais iniciar un procedimiento alli, en Inglaterra que regule todas estas medidas.
Un saludo.

Buenos días y gracias por su consulta.
Si le hemos entendido corréctamente y usted, en su momento, no tramitó judicialmente su separación, para que ahora pueda tener la custodia exclusiva de su hija, debe iniciar un procedimiento judicial (en España se denomina de "medidas paterno-filiales") en el que conste el acuerdo con su ex-pareja, al respecto de la custodia (y de otros aspectos, como el régimen de visitas o la pensión de alimentos).
Si residen en Inglaterra, es allí donde deben tramitar dicho proceso judicial.
Si desea más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros (www.iurisbilbao.es).
Un saludo.

Abogado Extranjería Bilbao - Edurne González Alonso Abogada
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Extranjería
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Buenas tardes,
Desconozco si cuando dice que tiene la custodia en exclusiva, se refiere a un simple acuerdo entre los padres o a algún procedimiento judicial que así lo estableció.
En todo caso, si ambos residen en Inglaterra con la menor, deberán instar un procedimiento ante las autoridades judiciales de ese país.
Un saludo.