¿Debe hacerse la colación de un bien donado en vida?

Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Para poder contestarle sería necesario conocer la escritura de donación, ya que la misma se puede haber hecho con cargo a los tercios de libre disposición y en su caso al de mejora, en cuyo caso si la donación no perjudica la legítima de los hijos, no hay que colacionarla.
Solo habría que colacionarla si así se hizo constar en la escritura de donación, o si como le indico perjudica la legítima de los hijos. Tenga en cuenta que a los nietos se les pueden legar dos tercios de la herencia, el de libre disposición y el de mejora.
Si desea cualquier aclaración, pongase en contacto con el despacho, ya que he sido oficial de notaria mas de 40 años, y es un tema que he tratado habitualmente.
Un cordial saludo

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Para saber lo que pregunta tiene que examinar la escritura de donación y ver si pone por alguna parte que la "donación es colacionable" o se hizo con dicho carácter, así como habría que saber si esa donación en caso de ser colacionable afecta o no a las legítimas. Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y on line en casos como el suyo, previo presupuestos siempre.

Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes, en principio si no perjudica la legítima de los herederos forzosos no hay que traerlo a colación, pero tendría que ver la escritura de donación para ser más exacta, no obstante, tenga en cuenta que si perjudica la legítima habrá que traerlo a colación. Quedo a su disposición, un saludo.

Si no perjudica la legítima de los hijos o no se dispone la colación en la escritura de donación no habría que traer a colación dicho piso.
Para cualquier consulta estamos a su disposición, siendo imprescindible ver la escritura de donación y testamento si lo hubiera.