¿qué derechos tengo como pareja de hecho?

Buenos dias,
El asunto debería revisarse ante la sentencia y con más datos sobre el caso en cuestión, lógicamente no disponiendo de medios económicos lo adecuado es acogerse al derecho a justicia gratuíta.
Pareja de hecho significa que convivíais nada más, no es una decisión, ahora se puede inscribir en un registro para justificarlo, pero si hay convivencia existe una pareja de hecho, luego no ha sido el juez el que "obliga", es la realidad de la situación.
Derecho a la herencia no existe si antes del fallecimiento habian roto la convivencia, en otro caso podría reclamarse el usufructo de la vivienda común.
Podría reclamarse el derecho a la pensión de viudedad pero hay que justificar la convivencia durante esos 27 años, si él cotizaba a la seguridad social habría derecho al porcentaje prorrateado entre los años de convivencia.
Tanto la reclamación por pensión de viudedad como la solicitud de asistencia jurídica gratuita, no es un trámite caro y desde este despacho podríamos solicitarlo, en tal caso ruego se ponga en contacto con nosotros en el telf. 987,-617,-463 o mail samuel.castro.rodriguez(arroba)gmail,com
Un saludo.

Estimada Sra.
Su caso parece bastante complejo, como para ser resuelto en algo tan breve.
Si como dice no dispone de medios económicos para costearse un abogado, le recomiendo encarecidamente que solicite el beneficio de Justicia Gratuita. Para ello deberá presentarse en el Colegio de Abogados de León, y realizar los trámites y presentar la documentación que se le requiera a fin de que le nombren un Letrado de oficio y que éste pueda estudiar toda la compleja situación que plantea.
Sin duda alguna, el mejor consejo que puedo darle es que acuda al Colegio de Abogados para que le asignen un abogado que la asesore conociendo todos los pormenores del asunto, y revisando toda la documentación.
Atentamente

Poco se puede hacer sin tener delante la sentencia a la que se refiere y leer el contenido de la misma. Una cosa es que el juez se refiere a su situación como una pareja de hecho y otra es que la declare con todas las consecuencias. Un recurso cuesta dinero y hay plazos limitados para su interposición. Lo mejor que puede hacer es recurrir a un abogado de oficio que estudié en profundidad su caso y sus posibilidades de defensa cuanto antes.

En este caso el Juez habrá dicho que se trataba de una relación more uxorio. Su situación era de pareja de hecho que no de derecho por eso lo habrá establecido el juez en Sentencia. Derecho a la herencia tendrá conforme al testamento de su ex pareja pero en ningún caso es heredera forzosa.
Respecto a la pensión de viudedad no cabría.