Despido en un contrato en prácticas

Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
En toda relación laboral de más de un año, como es su caso, el preaviso exigido legalmente es de un mínimo de quince días. Su incumplimiento determina el deber de pago de los días no preavisados.
La indemnización que le corresponde está entre 9 y 10 días, ya que a partir de 1 de enero de este año se aplica el importe de 10 días/año.
Además, con la liquidación, le corresponde el abono de los días de vacaciones no disfrutados y la parte proporcional de la paga extraordinaria.
Quedo a su disposición para cualquier duda.
Jesús Villodre

Supongo que los días de vacaciones que le quedan por disfrutar son los de este año. En ese caso, aun no serían 30. No menciona cuantas pagas extraordinarias tiene. Y no todas tienen el mismo devengo. Pero le tienen que dar la parte proporcional de todas ellas a fecha del despido.