Deuda alquiler vivienda
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Contestado
hace 12 años
Lamento decirle que no ha prescrito, el término de prescripción para el pago de los arrendamientos es de cinco años, y si, puede ser reclamada de golpe, a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
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Contestado
hace 12 años
Si se lo pueden exigir ya que la accion para reclamar por deudas por alquiler de vivienda prescribe a los cinco años.
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