Deuda consumo carrefour

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
B. Tardes,
Normalmente, el acreedor suele encargar a una empresa de recobros la deuda. Por lo que, visto lo que indica, dicha empresa es la que le está llamando y molestando. Esa actitud es la que suelen emplear para obtener el cobro de la deuda.
Lo primero que tiene que hacer, es pedirles que le acrediten documentalmente la deuda y el contrato para asegurarse de la realidad de la deuda.
En caso de que no se lo justifiquen, digales que les va a denunciar por acoso. Recientemente se ha dictado de forma novedosa una orden de alejamiento a una de estas empresas por acoso al deudor.
Si usted no firmó nada y esta casada en separación de bienes, la deuda lógicamente no ha de ser suya. Por ello conviene que le justifiquen la realidad de su firma.
Desde luego, no pague nada y, en el caso de que efectivamente la deuda exista a su nombre, sería el momento de poder verificar las clásulas de dicho contrato, pues en la mayoría de los casos son abusivas y los tribunales las declaran nulas.
Para lo que quiera quedamos a su disposiciòn,
Atentamente.

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Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si le dicen lo que comenta y puede probarlo, caben dos opciones: a) No responder o colgar el teléfono para seguir con lo que esté haciendo; b) O denunciar, asumiendo que eso le supondrá las molestias que comporta algo así, sobre todo, por la pérdida de tiempo que conlleva.