Diferencias entre casarse o hacerse pareja de hecho

Abogado en Palma de Mallorca Miguel Angel Villalonga VCA Abogados
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Responsabilidad Civil
Buenos días,
Para el bien del bebé ninguna, aunque sí le puede influir los beneficios fiscales que comporta el matrimonio respecto de la pareja de hecho.
En el Impuesto de la Renta cuando hay matrimonio, se tiene la posibilidad de tributar de manera conjunta . Por otro lado, existe una ventaja fiscal respecto de las deducciones por la compraventa de inmuebles.
En relación con el impuesto de sucesiones, pues cuando no hay testamento, las uniones de personas casadas tienen más ventajas puesto que cualquiera de los cónyuges tiene derecho al disfrute de la mitad de los bienes del cónyuge fallecido.
Respecto de las pensiones, los supervivientes en caso de hallarse en situación de matrimonio en el momento del fallecimiento, reciben la pensión de viudedad del cónyuge. En el caso de las parejas de hecho, hasta enero de 2008, las parejas no tenían derecho a recibir una pensión de viudedad, ahora, cumpliendo una serie de requisitos, entre los que se halla la acreditación de al menos 5 años de convivencia, sí pueden acceder a la pensión de viudedad.
Atentamente,

Apreciados Sres. buenas tardes.
Las diferencias son muchas, pero si se inscriben en el Registro de Parejas estables del Consell Insular tienen casi tantos derechos como los que se casan.
Ruego consulten la ley de parejas estables, y no les hablo del matrimonio canónico porque pienso que con la pregunta que me hacen ya se descarta desde un principio, particular que deberían pensar si piensan educar a su hijo/hija en la religión católica, y no sólo para complacer a sus abuelos (del niño) y a sus padres (de Vdes.).
Si en algo me precisan ya me lo dirán.
UN ABRAZO, SALUD Y SUERTE, Y SOBRETODO ENHORABUENA POR EL NASCITURUS

ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Enhorabuena a ambos por tan feliz acontecimiento, que espero y deseo culmine con éxito.
Las diferencias son mínimas, siempre que se reconozca al hijo como de los dos, tendrá los mismos derechos estén,o no, sus padres casados.
Se trata de una decisión personal de ambos la de contraer o no matrimonio, siendo irrelevante que se hagan pareja de hecho, excepto por matices sobre domicilio familiar, etc.
En definitiva, lo que decidan los padres, en cuanto a matrimonio, no afecta a los hijos, que nada tienen que ver en dichas decisiones.
Espero haberle sido útil, un cordial saludo.

Buenos días
En respuesta a su pregunta y si se refiere al bien del bebe, el hecho de que sus padres estén casados o inscritos como pareja estable, entiendo que no supone ninguna diferencia que le pueda perjudicar. Otra cosa es que es más conveniente para ustedes.
Espero haberle aclarado la duda y desearles lo mejor.
Saludos