Ante un divorcio, no debería cada propietario pagar en función de su cuota de propiedad que aparece en escritura de compra venta ??

Buenos días:
Salvo que, en sede de divorcio , se acuerdo otra cosa, la cuota del préstamo hipotecaría se deberá abonar en función de lo que este pactado en la propia escritura.
No obstante, dicho gastos puede tener incidencia indirecta, en otras prestaciones que puedan derivarse del procedimiento judicial, tales como por ejemplo, pensión compensatoria o de alimentos, o en la propia disolución del régimen económico matrimonial.
Si necesita más información, puede contactar con nosotros.

Abogado Laboral y Familia en Torrejón de Ardoz Paredes Abogados
Abogado de Torrejón de Ardoz especializado en Derecho Civil
Buenos días;
No tiene porqué ser así. Depende de muchas variables, como por ejemplo si existen hijos menores de edad o mayores dependientes, si se ha efectuado uso y disfrute de la vivienda familiar, situación económica de ambos conyuges, etc
Para darle una mayor información sería necesario contactar con usted personalmente para que nos comente su caso concreto.

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Abogado de Torrejón de Ardoz especializado en Derecho Civil
Buenos dias, la escritura de préstamo que se haya suscrito es distinta a a cuota de propiedad que se tenga sobre la vivienda, y se debe sufragar en los términos que se haya establecido al suscribir el préstamo en cuestión, si no se refiere a esto con su pregunta o tiene alguna duda sobre lo expuesto puede contactar con este despacho.