Embargo de beca de estudio
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CEAN, SCP Abogados & Consultores
Abogado de Valencia especializado en Reclamaciones de Impagados
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, no es posible embargar importe alguno a quien percibe ingresos por debajo del salario mínimo. Y en las importes que sobrepasen dicho salario, según el artículo 607 LEC, lo embargable es del 30, 50,60 y 70 por 100, según sea el doble, el triplo, el cuadruplo, el quintuplo de dicho salario minimo, hasta un máximo del 90 por 100 en lo que exceda. Y en atención a las cargas familiares caben rebajas de entre el 10 y el 15%. O sea,conociendo el importe de la beca, puede saberse lo embargable. Y en cuanto a la retención del subsidio, hay que aplicar la tabla indicada. En caso de duda, contacte con apb.cean@ono.com

Hola buenas tardes,
Hay varias cosas que necisitamos saber para poder orientarte mejor, cuanta deuda tienes? de cuanto es el subsidio que percibes? cuando vas a dejar de percibirlo? y de cuanto es la beca por estudios?

ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Su caso tendríamos que estudiarlo con la documentación que nos aportara en el despacho,pida cita y le atenderemos.
LOLA TORMO-abogados-
VALENCIA