Gastos extraordinarios. carácter obligatorio o no.

La pensión ordinaria debe incluir todo lo que sea previsible, entre ello la cuota del colegio, por ejemplo. Si el gasto que usted refiere se reitera, podría considerarse ordinario.
Dentro de los gastos extraordinarios, existe una diferencia entre necesarios o no. Una ortodoncia puede ser necesaria si así lo recomienda un especialista, por ejemplo. Asistir a clases de esgrima no es necesario, o cualquier actividad lúdica. Esto incluiría alguna actividad del colegio, que fuera voluntaria, por ejemplo un viaje al extranjero, o dentro de España.

Sin perjuicio de lo que establezca la sentencia loas actividades extraescolares se consideran por lo general gastos extraordinarios aunque se desarrollen en el mismo colegio. Por tanto deberían abonarse por mitad siempre que usted este de acuerdo en dichas actividades.