La respuesta a tus dudas legales

¿hay derecho a que el paro se me reduzca a la mitad?

He trabajando desde marzo del 1991 hasta diciembre del 2010 con un total de 1.979 días cotizados a jornada completa, y luego desde junio del 2011 hasta julio del 2011 con un total de 21 días a media jornada ( ya que estaba realizando un curso del Inem); y cuando solicito el cobro del paro correspondiente, me estipulan la cuantía al 50% alegando que los últimos 6 meses estaba trabajando al media jornada, con lo cual cobro el 50% de lo que me corresponde.

Cuando solicité el paro, acababa de cambiar la ley y me decían que no se hacía la media, sino los últimos 6 meses trabajados cobraría a razón de ello, pero es que los últimos 6 meses yo no trabaje los 6 meses completos a media jornada, sino tan solo 21 días. Serian los últimos 6 meses trabajados, no los últimos 6 meses atrás. En el Inem me decían que aún siendo injusto la cosas eran así, que no podía reclamar, que estaba bien hecho.

Ahora la ley de nuevo a cambiado, lo he reclamado y de nuevo me dicen que no me devuelven lo que no he cobrado del inem, y que el subsidio que vengo cobrando y que también se me a reducido al 50 % es decir 213 €, no cobrare los 426€ que me corresponden.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Contestado hace 11 años

Según su relato, el último cambio legal le beneficia, por lo que, en principio, podría invocarse su aplicación retroactiva, por ser favorable al interesado, y solicitar el abono de la diferencia de la prestación.
No obstante, estimo difícil su reconocimiento en vía administrativa, por lo que se verá abocado a llegar a la vía judicial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Contestado hace 11 años

Según su relato, el último cambio legal le beneficia, por lo que, en principio, podría invocarse su aplicación retroactiva, por ser favorable al interesado, y solicitar el abono de la diferencia de la prestación. No obstante, estimo difícil su reconocimiento en vía administrativa, por lo que se verá abocado a llegar a la vía judicial.

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