Hay que volver a denunciar a fiscal de menores y a servicios de la entidad pública de protección de menores ??

Buenos dias.en relacion a la cuestion que plantea comentarle que el proceso que se desarrollo fue un proceso civil de familia que entiendo que es el adecuado para fijar un regimen de custodia, visitas, etc pero tambien es necesario interponer denuncia penal por los hechos que comenta siempre que no haya prescrito el delito.entiendo que si no ha mediado la citada denuncia penal y el delito no ha prescrito como delito publico debe comunicarse a la fiscalia, comisaria o juzgado de guardia para q se instruya la comision del presunto delito.un saludo

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Cuando un hecho ya está sentenciado, y la sentencia es firme, cual al parecer así ha ocurrido, según se infiere con lo que usted relata, se convierte en cosa juzgada, y legalmente no es factible volver sobre ello.

Abogado especialista en accidentes de tráfico Huelva - Francisco Javier Martínez Algaba
Abogado de Huelva especializado en Responsabilidad Civil
deberias de interponer denuncia siempre y cuando no hayan prescrito los hechos y puedes hacerlo en el juzgado de guardia o mejor aun ante fiscalia.