Indemnización por inacapacidad

Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
De lo que está es de una incapacidad laboral, no de un despido. Salvo que el problema que tiene sea como consecuencia de una culpa o negligencia de la empresa, no hay una indemnización sino un reconocimiento de la incapacidad en el grado que sea. Otra cosa es que Vd. solicite, por ser menor de 60 años y corresponderle, por ejemplo, una incapacidad permanente total, que se le de el tanto alzado que le corresponda.

ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
No. Pero podemos estudiar si tiene derecho a indemnización por convenio.
También podría haber indemnización si hubo accidente a causa de incumplimiento de medidas de seguridad o falta de medios de protección individuales.
Nos ponemos a su disposición.
Un saludo.

Buenos días, tendríamos que estudiar el expediente de incapacidad para poder darle una mejor respuesta. Saludos

Buenos días,
habría que ver el expediente de incapacidad.
Un saludo