Liquidacion de bienes y embargo propiedad

En principio no, salvo que el Juzgado considere que el cambio de titularidad de la vivienda mediante adjudicación por liquidación de la sociedad de gananciales se ha realizado en fraude de acreedores, hecho éste que permitiría al Juzgador declarar nula dicha liquidación y traer a la masa del Concurso el bien con su carácter ganancial, en cuyo caso el 50% del inmueble quedaría incluido en el Concurso.

Abogado Administrador de Fincas Las Rozas de Madrid Jose Antonio Ruiz Sanchez
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Civil
Por lo que me expone parece que no.
De cualquier forma, sería necesario llevar a cabo una consulta en el despacho con revisión de documentación para poder contestar con absoluta seguridad.
Estamos a su disposición en R&S Abogados:
Letrado D. José Antonio Ruiz Sánchez
Abogado ICAM Col. 70646

Abogado Laboral y Familia en Torrejón de Ardoz Paredes Abogados
Abogado de Torrejón de Ardoz especializado en Derecho Civil
Buenos días, si la vivienda no tiene carácter ganancial y es 100% privativa suya y además el régimen matrimonial es de separación de bienes no tiene que verse afectada por las deudas de su esposo.