Lugar de Nacimiento en DNI

ABANDA INTERNATIONAL CONSULTANTS S.L.
Abogado de Valencia especializado en Contencioso Administrativo
Estimad/ señor/: En la actualidad y para no despoblar administrativamente los pueblos, se puede optar por inscribir al nacido en el lugar de nacimiento, o en el lugar de empadronamiento de sus padres, como si hubiera nacido en casa al estilo antiguo, aunque el certificado médico de nacimiento dirá donde se produjo el nacimiento, ello no obsta para que uno de ambos pueda disponerse. Podría usted haber ido al registro de Cádiz y también lo habrían inscrito allí.
Por tanto sí hay cierta opción que permite elegir uno de ambos lugares.
Lo que conste en el registro es en principio irrevocable, aunque la declaración inicial pudiera ser alternativa. Un error podría corregisrse, pero lo que es acorde con la ley del Registro Civil, no parece fácil, pero puede armonizar los documentos.

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Dado que existe divergencia entre el DNI y el libro de familia y la partida de nacimiento, la única vía que pudiera ser factible para modificar el lugar de nacimiento en el DNI, podría ser amparandose en el articulo 91 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, Ley de Registro Civil actual, no obstante, debo advertirle que la inscriipcción del Registro Civil hace fe de los actos inscritos, por ello le aparece que su hijo nacio en Ciclana y no en Cádiz.