¿Me pueden interrogar varias veces en el acto del juicio?

ABOGADO DIVORCIO MADRID BUFETE LOPEZ ALVAREZ
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes. El procedimiento normal es el interrogatorio de partes (el de Usted como denunciante y el denunciado), y después la prueba (testigos). Usted no tiene derecho de réplica a no ser que el Juez lo hubiera considerado oportuno. Sin embargo, en la apelación Usted podrá argumentar lo que desee en relación al juicio y la prueba, pero será a través de su abogado y en un escrito de recurso. Un saludo

ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe preguntarlo a su abogado, pues estaba allí y oyó y vio lo sucedido disponiendo de conocimientos técnicos para poder asesorarle al respecto, mejor que nadie. tenga en cuenta que las fases judiciales son puertas que se cierran y no se puede volver atrás, pues en otro caso el proceso no avanzaría. Saludos cordiales.

Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
No. Vd declara al principio y después van las pruebas, entre las que están las de los testigos. Su oportunidad de contar lo sucedido ya la tuvo la declarar.

Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
No puede declarar de nuevo en el acto del juicio siendo denunciante, a no ser que el Juez lo considere oportuno. En apelación no hay vista y no puede declarar.

CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
No, una vez que Ud. ha declarado después no puede volver a declarar a no se que le quiera preguntar el Juez. En apelación tampoco podría volver a declarar.