No tengo solvencia para pagar pensión. ¿Qué puede pasar?

Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes
Entiendo que lo que debe hacer es ponerlo en conocimiento del juzgado, solicitando la modificación de medidas por haberse modificado de forma sustancial sus ingresos, y además para quE cuando le llegue esa denuncia de su mujer, pueda justificar que ya lo ha puesto en conocimiento del juzgado, y por supuesto tener preparados todos los justificantes de sus ingresos actuales y de sus gastos necesarios, por si se trata de una denuncia penal, para evitar cualquier sentencia condenatoria.
Si desea cualquier aclaración puede ponerse en contacto con nosotros.
Un cordial saludo

Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Lo que debe hacer es solicitar una modificación de medidas si la pensión es superior a 100 euros. Siempre hay un mínimo que los tribunales exigen que se pase para la manutención de los hijos. Y ante cualquier denuncia, tenga preparados documentos justificativos de sus escasos ingresos o de la falta absoluta de ellos para presentarlos al Juzgado: certificado del servicio de desempleo acreditativo de lo que gana, del tiempo que lleva parado, etc. y de los gastos que tiene.

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que se ponga en manos de un abogado especializado en derecho de familia, de ser posible, en manos del abogado que le llevo la separación, y dado que sus circunstancias económicas han cambiado pida una modificación de medidas, es conveniente que lo haga a la mayor brevedad posible, ya que si deja de pagar dos meses consecutivos o cuatro alternativos, puede ser acusado de delito.

Abogado Tributario Vigo ASP ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS
Abogado de Vigo especializado en Derecho Procesal
No se preocupe, si realmente no tiene ningún ingreso no puede cometer el delito de impago de pensiones, puesto que le es materialmente imposible el pago. Cuestión que, en todo caso, deberá acreditar.
Sería interesante tal y como refieren mis compañeros instar una modificación (reducción) de la pensión de alimentos.
Quedamos a su entera disposición para cualquier duda adicional. Un saludo.