Obtener la custodia total de mi hijo porque el padre se desentiende de él.

Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
En mi opinión, considero que debería iniciar paralelamente todas estas medidas legales, pues pueden ayudarse mutuamente:
- Solicitar ante el juzgado de familia una modificación de medidas, interesando tanto la custodia exclusiva como la suspensión de la patria potestad, así como lo correspondiente al régimen de visitas si no está tampoco cumpliéndose.
- Solicitar también un incidente de medidas provisionales respecto a todo lo anterior.
- Documente la prueba: Si usted le envía algún correo electrónico donde le pedía por ejemplo su ayuda para papeles, trámites municipales, etc. Que ya quede constancia de la nula colaboración de él también en esos temas, para justificar la necesaria delegación en usted del ejercicio de la patria potestad.
- Denuncie: Tener iniciadas diligencias penales es oportuno, dado que el impago de pensión es un delito y quien lo padece son los hijos menores. Además justificará mejor la modificación de medidas. También con las diligencias de instrucción podrá hacer averiguaciones de bienes, saldos o prestaciones ante Hacienda, Seg. Social, Tráfico, y otros organismos públicos.
- Ejecute: Que se embargue lo embargable, recuerde que la pensión de alimentos no tiene las limitaciones de inembargabilidad que sí tienen otros créditos impagados.

Mar Domínguez Velo Abogada de Familia
Abogado de Coruña especializado en Derecho de Familia
Para poder modificar el sistema de custodia compartida y pasar a un de custodia exclusiva para la madre, es necesario iniciar un procedimiento de modificación de medidas donde debes acreditar que el padre no cumple lo pactado y no ve a su hijo y por tanto, en su beneficio, se hace necesario el cambio.
En cuanto a los alimentos, debes ejecutar la Sentencia y tratar de embargar bienes a su nombre, activos, etc. Tener la custodia no significa tener la patria potestad, que siempre será compartida salvo que puedas probar en un procedimiento judicial (en la propia modificación de medidas podrías realizar ambas solicitudes) que es necesario privar al padre de la misma en interés del menor, por ejemplo, por incumplimiento reiterado de los deberes de la patria potestad. Quedamos a tu disposición. m.dominguez@urrazamendieta.com

Lo que hay que hacer es presentar una modificación de medidas solicitando que pase a tener usted la guarda y custodia, ya que el padre hace caso omiso del hijo. También debería de presentar una demanda de ejecución de pensiones, para reclamar la cantidad que le adeude, y sobre todo para que tenga más fuerza la demanda de modificación de medidas. Si. Quiere contactar con nosotros lo puede hacer en el teléfono 915472525, 665508441.
Atentamente

Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Tal y como le he indicado anteriormente, tendríamos que ver el contenido de la sentencia, pero lo que tiene que solicitar no es la custodia, sino que al padre se le prive de la patria potestad, para poder actuar con su hijo sin tener necesidad de su consentimiento , y en este caso, que es complicado, deberá iniciar u proceso judicial.
Si desea más aclaraciones el correo es tpadros@padrosabogados.com

Buenos días,
Con una modificación de medidas y alegando los motivos necesarios que acrediten esta despreocupación del padre.
En cuanto a los importes que le debe, tiene todo el derecho de reclamarlos judicialmente.
Puede contactar con este despacho a través de ramon@rfabogados.es o bien llamando al 638.224.844
Un cordial saludo

Se debe de presentar demanda para obtener la patria potestad hacia usted. Para ello se han de iniciar las oportunas acciones legales que lo habiliten. Puede contar para ello con nuestro despacho y concertar cita.
Un cordial saludo.

Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Necesitará un pleito de modificación de medidas para suprimir la custodia compartida.
Se puede hacer de mutuo acuerdo.
Un saludo,
Eduardo Llarena