Pension alimenticia por hijos

ABOGADO MÁLAGA - MESTANZA VILLAR MUÑOZ S.C.P.
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
Necesitaría poder disponer de la sentencia donde se fijó la obligación del pago de las pensiones, así como conocer las circunstancias laborales de ambos progenitores, es decir, si disponen de ingresos y cuáles sean estos.
Salvando esa información, en principio, si uno de los hijos por los que se abona una pensión alimenticia varía su domicilio y se va a a vivir con el otro progenitor, la obligación de pago de la pensión por ese hijo va a cesar, pudiendo incluso llegar a ser a partir de ese momento perceptor de esa pensión, pero para ello resulta imprescindible conocer los datos que le decía al inicio, y en cualquier caso proceder a realizar una modificación de las medidas existentes, que podrá ser de mutuo acuerdo o contenciosa si no existe posibilidad de acuerdo con el ex cónyuge.

JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Tendrá que solicitar una modificación de medidas ante el Juzgado, dado que existe una modificación sustancial de las circunstancias que existían cuando se dictó la sentencia de divorcio, es decir, que una de sus hijas, la mayor vivirá con Ud.
Por supuesto, esto hay que solicitarlo una vez se haya producido ese cambio de residencia de su hija mayor, y habrá que analizar su situación: si estudia o si trabaja, ya que de ello depende si la madre debe o no abonar pensión de alimentos.
Para cualquier cuestión que necesite, no dude ponerse en contacto con este despacho.
Saludos cordiales.

ABOGADO ESPECIALISTA EN SEPARACIONES Y DIVORCIOS MADRID- ALMAZÁN GARCÍA ASESORES
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
Cada uno de los progenitores deberá pagar al otro pensión de alimentos por la hija que no tiene a su cargo mientras estén obligados a ello o sus hijas sean económicamente independientes. Se ajustará en función de los ingresos/gastos que cada uno tenga y se atenderá también a los gastos que tenga cada una de sus hijas. Todo ello deberá ser regulado a través de un procedimiento de modificación de medidas.
Quedo a su disposición. Un saludo,
Luis Miguel Almazán
Abogado

Buenos días,
Lamento decirle que hata que un juez diga lo contrario, usted debe segui abonando lo que en su día quedó fijado por sentencia judicial. Tendrá que solicitar una modificación de medidas con abogado y procurador, donde se indique que su hija mayor residirá con usted.
Deben valorar los gastos de cada una de las hijas y en el juicio solicitar la cantidad correspondiente a dichos gastos. Un saludo

ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Efectivamente coincido en que procede fijar unas nuevas medidas, al ser las circunstancias tan distintas, lo que puede hacer de mutuo acuerdo con su ex o solicitar judicialmente las que considere procedentes atendiendo a sus circunstancias que deben ser estudiadas y comparadas con las existentes al tiempo de dictarse al anterior resolución. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Estimado consultante.
Debe instar una demanda de modificación de medidas para rebajar la pensión. Para ello, necesitará abogado y procurador. Si le interesa que le asesoremos de forma detallada y le llevemos el asunto, póngase en contacto conmigo a través de mi perfil. Le atenderemos sin compromiso.
Quedo a su entera disposición.
Reciba un cordial saludo

ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
Buenos Dias; Hay que solicitar una modificación de medidas en el Juzgado, hasta que no se modifica tiene que seguir pagando. Quedo a su disposición para darle presupuesto cerrado.
Saludos cordiales

Tu respuesta
Puedes encotrar respuesta a tu pregunta leyendo aqui: www.angelescalleja.es/spain/2servicios/familia/separaciones.html