Prestamo personal con vivienda como garantia

JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Sería necesario examinar el contrato de préstamo para contestarle con exactitud a su pregunta. Pero sí podría adelantarle que en el caso de que en dicho contrato exista una clausula que diga, por ejemplo:
“Las partes convienen expresamente que cualquiera que fuere lo que resultare de la revisión del tipo de interés, el tipo aplicable de interés ordinario, así como el sustitutivo, en ningún caso será inferior al 3,5 por ciento.”
Entonces su contrato sí tiene una cláusula suelo.
Espero haber aclarados sus dudas, saludos cordiales.

Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días.
Lo normal es que un préstamo personal no tenga ni clausula suelo ni clausula techo, ya que se habrá establecido un tipo de interés remuneratorio para toda la duración del préstamo.
No obstante, hay que ver el contrato de préstamo, ya que si es personal, no tendrá constituida ninguna hipoteca sobre la vivienda, sino que se dirá que queda garantizado con la vivienda, lo cual no tiene acceso al registro de la propiedad.
Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho
Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal
La cláusula suelo se da en relación a los intereses que se pactan en el contrato de préstamo , estableciéndose en el mismo una cláusula , que suele pasar inadvertida, por la cual si el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y el cliente consumidor no se beneficia de las bajadas del índice de referencia. Para saber si su préstamo tiene cláusula suelo debe leer con detenimiento el apartado "intereses" y ver si se establecen estas condiciones.

ABOGADO MÁLAGA - MESTANZA VILLAR MUÑOZ S.C.P.
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
La tan popular hoy día cláusula suelo consiste en una cláusula introducida por los bancos en los préstamos hipotecarios, donde se blindaban ante las posibles bajadas de tipos de interés que pudieran afectarles estableciendo un límite mínimo, de tal forma que, aunque el tipo de interés de referencia bajara, el devengo de interés a favor del banco se mantenía firme en ese umbral mínimo.
Sería preciso conocer el clausulado concreto del préstamo personal para poder comprobar si contiene algo parecido a la denominada cláusula suelo.

Abogado Despidos Valladolid Yolanda Mosteiro Velasco
Abogado de Valladolid especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días:
Tal y como indican mis compañeros, la clausula suelo aparece reflejada en el contrato de préstamo, independientemente de haber puesto como garante o aval la vivienda particular, por lo que habrá que examinar detenidamente el contrato de prestamo y evaluar si el tipo de interés por el cual se concedió el mismo, tiene alguna referencia que haga pensar que existe clausula suelo en el prestamo.
Saludos cordiales.

Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
En nuestro despacho tenemos interpuestas más de 30 demandas de nulidad de cláusula suelo, llevamos asuntos de este tipo por todo el país. Si le interesa que le hagamos un estudio de su escritura de forma gratuita y sin compromiso, póngase en contacto con nosotros.
Un saludo.

Si tiene claúsula suelo, en efecto, es indiferente que exista o no garantía hipotecaria.
Si desea cualquier aclaración o comentario, puede ponerse en contacto cuando desee.
Ignacio Tomás
Abogado

TARINAS GRUP
Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo
La cláusula suelo se integra en el cuerpo de la escritura con préstamo hipotecario, con independencia de si el préstamo ha sido concedido para adquirir el inmueble o para otros fines personales.

ADVOCATS ANDORRA - Xavier Lopez Horischnik
Abogado de Andorra la Vella especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
lamentablemente no puedo resolverle su duda, ya que somos abogados del Principado de Andorra y no conozco la legislación española.
Atentamente,
Xavier LÓPEZ