Problema paga y señal

Abogado de la Construcción Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Ya que no lo indica el contrato,no son arras penitenciales(Las arras penitenciales, también llamadas arras de desistimiento, consisten en la entrega de una cantidad de dinero por uno de los contratantes al otro, entendiéndose que cualquiera de las partes puede desistir del contrato celebrado, perdiendo las arras el que las hubiera entregado o devolviendo el doble de las mismas ), así que simplemente se las tienen que devolver.
Por otra parte, el mero hecho de la omisión de la información de la vivienda es motivo suficiente para desistir de la compra y que se las devuelvan sin más.

Tomás Fernandez Valentí
Abogado de Hospitalet de Llobregat especializado en Derecho Civil
Por lo que me explica, y a falta de conocer más detalles, interpreto que son arras confirmatorias de la compraventa, ya que en ningún momento parece establecerse su no devolución en caso de desistimiento, y si ya ha vencido la fecha establecida, están obligados a devolvérselas, y en el caso de que no lo hagan en un plazo prudencial, podría reclamarlas judicialmente. Saludos cordiales.