Procedimiento de comprobación de valores
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Contestado
hace 11 años
Cuando se hace una compra de una vivienda lo primero que hay que tener presente (aparte de los datos registrales básicos que se obtienen vía nota simple informativa) es el valor catastral de la vivienda. Y esto es así porque a la hora de liquidar el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales, Hacienda va a tener en cuenta dicho valor y no el que figure en la escritura, si éste último es inferior a aquel. Esto es lo que les ha pasado. Han escriturado por un valor inferior al que catastralmente tenía la vivienda. Y han liquidado el ITP por ese valor inferior, pero Hacienda al comprobar el valor catastral ha detectado la diferencia y ahora les reclama por la misma.
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