¿Puedo cambiar el régimen de visitas de mi hija de tres años legalmente después de un tiempo?

Abogado Laboralista La Línea Asesoría Millán
Abogado de Línea de la Concepción especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días,
Si, es posible cambiar el régimen de visitas para ampliarlo o para pasar incluso a custodia compartida si se dan requisitos básicos de cercanía (distancia máxima entre los dos domicilios de los progenitores y la escuela de la menor que sean pocos kms. , disposición de ambos pater (entendida en un sentido amplio de la palabra, es decir, disposición de tiempo y de actitud colaborativa entre ambos progenitores) así como otros requisitos.
Lo lógico es que se solicite un cambio en este sentido tras transcurrir un tiempo desde que se establecieron las medidas iniciales y comprobar que no funciona como debería, siempre en aras del interés superior de la menor.

Abogado divorcio Algeciras - Davinia Ribeiro Gómez
Abogado de Algeciras especializado en Derecho Civil
Buenas tardes, cuando usted se refiere a que obtuvo la patria potestad entiendo que se refiere al régimen de visitas. Se puede solicitar una modificación de las medidas siempre y cuando se haya producido un cambio en las circunstancias que dieron lugar a la adopción de las primeras medidas.
No puedo aconsejarle nada más concreto sin conocer el fondo del asunto, por lo que quedo a su disposición para que pueda necesitar.
Un saludo.

Abogado divorcio Cádiz - Jesús López Del Castillo
Abogado de Cádiz especializado en Derecho Penal
Buenas tardes,
Efectivamente existe la posibilidad de cambiar el régimen de visitas e incluso la guarda y custodia, mediante un procedimiento de modificación de medidas, para ello habría que estudiar su caso para ver la viabilidad.
Puede solicitar una cita en el despacho sin compromiso,
Un saludo

ABOGADO DIVORCIO JEREZ DE LA FRONTERA - Arocha Abogada
Abogado de Jerez de la Frontera especializado en Derecho Civil General
Estimado Sr.,
¿Se ha planteado solicitar custodia compartida? Ahora es la regla general. Y sino un régimen de visitas más amplio, es totalmente viable.
Primera Consulta gratuita. Arocha Abogados.