¿Qué puedo hacer para que me devuelvan la fianza?

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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Si el propietario no devuelve la fianza por una supuesta penalización por incumplimiento así tendría que estar recogido expresamente en el contrato, algo que en su caso no ocurre ya que dicen que el contrato fue verbal, por lo que si no se le ha causado ningún desperfecto en el inmueble ni tampoco daño alguno al haberse buscado otra chica que ocupe la posición de la que deja el piso no procede ninguna retención y si les retienen esa retención es indebida, de forma que tendrían que dirigir un requerimiento fehaciente (por burofax o acto de conciliación ante el Juzgado de Paz) reclamando la devolución de la fianza en el plazo que le den y su ingreso en ese plazo en la cuenta que le digan, advirtiéndole que en otro caso ejercitarán las acciones legales oportunas, incluso en la vía penal por una supuesta apropiación indebida. Otra cosa es que, llegado el caso, les merezca la pena reclamar en función de la cuantía de la fianza y los gastos y pérdida de tiempo que puede comportar la reclamación, algo que siempre tienen que valorar; pero en todo caso siempre pueden intentar poner una denuncia y si es archivada por entenderse que es una cuestión civil y no penal, siempre pueden reclamar en la vía civil y pedir un abogado de oficio si no tienen medios.

Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
Abogado de Alhaurín el Grande especializado en Derecho Inmobiliario
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Estimado usuario,
Coincido con el compañero que ha comentado en primer lugar. Con sus hechos descritos, es claro el enriquecimiento injusto contrario a Derecho. Además, la fianza no supone una cantidad que se pierda automáticamente en caso de incumplimiento, sino que debe responder a unos daños efectivamente producidos y demostrados, con su cuantificación.
En lo que disiento con el compañero, es lo de dejarlo pasar si es antieconómico. Mi consejo es que luche por sus derechos hasta el final. De otro modo se está favoreciendo a sujetos como el que describe, con total impunidad.
Le deseo mucha suerte.

ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
Abogado de Marbella especializado en Derecho de Familia
Estimada:
La finalidad de la fianza es de garantía para el arrendador, que la será devuelta al finalizar el contrato, si no hubieran desperfectos en la vivienda, o gastos que cubrir.
Deberían formalizar el arrendamiento en un contrato, con los datos de las personas que van a hacer uso de la vivienda.
Es un tema que podría resolverse por una mediación.
Puede contactar con nuestro despacho, y asesoraremos en el caso concreto.
Saludos

Estimado cliente: En este caso es evidente que si no hay un pacto en el contrato usted puede ejercitar las cuestiones legales oportunas. En este caso lo primero que debe hacer es enviarle un burofax reclamándole las cantidades debidas. El Siguiente paso es interponer una querella por apropiación indebida.