¿Puedo negarme a entregar la paternidad al padre de mi hijo?

Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Buenos días.
Si realmente es el padre y pide que se le reconozca la paternidad, aunque usted se niegue se le va a reconocer. Pero ese reconocimiento conlleva unas obligaciones, no solo derechos, por lo que, con posterioridad al reconocimiento de paternidad, teniendo en cuenta la edad del bebé, no le van a dar la custodia compartida, pero si le pueden establecer un régimen de visitas, siempre en compañía de alguien.
Creo que una vez que se reconozca la paternidad, es usted la que debe interponer una demanda, solicitando una pensión de alimentos y solicitar la guarda y custodia, aclarando la drogadicción del padre.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestro servicios, póngase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo.

El procedimiento iniciado por el padre del niño es para el reconocimiento de paternidad, usted se puede negar hacerse la prueba de paternidad, pero existe en la Ley de Enjuiciamiento Civil la presunción a favor de la paternidad en caso de negarse a su práctica. Es posible que dicten una sentencia reconociendo la paternidad. Pero automáticamente no va a tener derecho de visitas con el niño, deberá iniciar un procedimiento para reclamar dicho derecho y allí usted pude oponerse a que se lo concedan con las pruebas que acrediten que es un persona violenta y es perjudicial para el menor.El Juez valorará la prueba y dictará sentencia que puede ser negativa a su derecho o de visitas o al menos limitada a que se realice en un punto de encuentro de manera supervisada.

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Si le ha demandado la paternidad, se puede negar a todo y él tiene que demostrar posesiones de estado. Si puede tener una sentencia a su favor tiene que pedir las pruebas que demuestren lo que dice. De momento, gane tiempo porque así la nena no tendrá apego con él.

Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Es un asunto muy complejo para contestar por Internet. En principio al padre le darán la patria potestad compartida con usted, y usted tendrá la custodia. Pero debe alegar en el juicio lo que comenta y el juez decidirá en función de las pruebas.