¿Puedo pedir la ejecución de demanda por alimentos si el padre está preso y trabaja allí?

ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Abogado de Elche/Elx especializado en Derecho Civil General
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Desde ILLICE LEX le recomendamos interponga la demanda de ejecución cuanto antes, ante el impago reiterado de pensión de alimentos que usted describe. Antes, usted debe saber además, que desde el dictado de la sentencia solo podrá reclamar el impago de los alimentos no satisfechos durante los últimos 5 años, transcurrido dicho plazo los alimentos que se devengaren no serían reclamables porque habría prescrito su derecho.
El tiempo para resolver su demanda de ejecución, dependerá del Juzgado donde le toque, pero si funciona normal, en 2 meses usted podría tener dictado el Auto con la orden general de ejecución y el decreto con las medidas de embargo.
Significarle además, que en caso de impago de pensión de alimentos, se le podría embargar incluso por debajo del salario mínimo interprofesional que está fijado para el 2015 en 648,60 €/mes.
Desde ILLICE LEX quedamos a su disposición para realizar los trámites y gestiones que precise.
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Agradeciéndole de antemano su colaboración, reciba saludos cordiales.

Abogado sanciones urbanísticas Sant Vicente de Raspeig Ana Jose Ganga
Abogado de San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig
Buenos días, ya puedes ejecutar la sentencia, y reclamar los alimentos desde la fecha de interposición de la demanda. La duración del procedimiento depende de la carga del Juzgado en el que recaiga la ejecución, pero es un procedimiento rápido, de tres a seis meses, dependiendo de los bienes que se encuentren. Espero haber solucionado algunas de sus dudas, y estamos a su disposición para ofrecerle un asesoramiento en su caso concreto. Un saludo,

Javier Salvador Salas
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Propiedad Industrial e Intelectual
Ejecuta la sentencia.