¿Puedo reclamar pensión de viudedad ahora que han prescrito deudas con la seguridad social?

ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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Confirme en la Seguridad Social con carácter previo que no existe deuda alguna vigente, y realice la solicitud; el NO ya lo tiene. Saludos cordiales.

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Asegúrese bien que las deudas han prescrito, si es así, quizás le den la pensión de viudedad.

Daniel Loza Saldias - Abogado en Irun y Especialista en Accidentes de Tráfico en Guipúzcoa
Abogado de Irun especializado en Derecho Penal Común
Hola, en principio habría que asegurarse que realmente las deudas están prescritas. Si es así, habría que iniciar un procedimiento de reclamación de las cantidades a percibir en concepto de pensión de viudedad contra la Seguridad Social.

Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Seria necesario saber en que régimen se le hizo la invitación al pago, ya que las deudas a la Seguridad Social no prescriben, atendiendo a que están vinculadas a las prestaciones.

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