Quién hereda el pleito?
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hace 12 años
Como le ha explicado correctamente el otro compañero, si usted no tiene la propiedad del piso, no tiene la sucesión procesal, así que debe personarse en el procedimiento, si le interesa, el actual propietario, siempre que se haya realizado la partición y adjudicación de la herencia.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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hace 12 años
Si la herencia ya ha sido aceptada y distribuidos los bienes, son los herederos de la cosa en litigio quienes deben subrogarse, pero si no es así usted también tiene que subrogarse.
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