Reconocimiento de ipt en primera instancia
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Contestado
hace 2 años
Si, por supuesto. Si el INSS gana el recurso de suplicación la sentencia que reconocía la IPT puede ser modificada, aunque no es habitual que suceda. En todo caso durante la tramitación del recurso se percibirá la prestacion, que no habra que devolver, y si se confirma la sentencia es cuando el INSS/TGSS abonara los atrasos desde la fecha de reconocimiento de la sentencia.--
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