¿Qué requisitos, presupuesto y consecuencias tiene interponer una demanda de custodia compartida?

Frente al intento de la madre de su hijo de imponerle el pago de una pensión con la amenaza de negarle el tener a su hijo, tiene vd. a su favor que desde los 3 años de su hijo han compartido su cuidado en una situación de guarda y custodia de hecho. Por lo tanto cuenta usted con esta ventaja a la hora de reclamar que , por Sentencia ,se establezca con efectos plenos lo que hasta ahora han venido haciendo de mútuo acuerdo pero sin resolución judicial alguna.
En una guarda y custodia compartida, cada progenitor atiende los gastos de su hijo, los básicos, mientras los tiene en su compañía. Para el resto de gastos, se suele tener una cuenta en la que cada progenitor ingresa una cantidad proporcional a sus posibilidades y a las necesidades de su hijo. Si el tiempo en que ambos tienen a su hijo es equiparable, no tiene sentido que vd. pague una pensión de alimentos a la madre.
Si quiere vd. más información y que nos hagamos cargo de su asesoramiento, no dude en contactar con nuestro despacho para solicitar día de visita, haciendo mención que ha tenido un primer contacto a través de Lexdir, para beneficiarse de nuestras condiciones económicas.

Buenos días.
Para la custodia compartida, es importante saber la disponibilidad de ambos para cuidar al niño, pero aun más importante es que si ustedes dejaron de ser pareja de hecho hace siete años y la práctica ha sido todo ese tiempo una custodia compartida, y no hay malos tratos ni nada por el estilo, la práctica es que el Juez conceda esa compartida.
En cuanto al tema de alimentos, entiendo que para la madre no le corresponden si hace ya siete años que se separaron, pero podría pedir para el niño si usted gana mucho más que ella, habría que mirar con los ingresos de ambos si puede pedir algo. Yo aconsejaría llegar a un acuerdo porque es mucho más económico en dinero y energías. Si desea una primera visita gratuíta y beneficiarse de nuestras condiciones para clientes de LEXDIR, puede ponerse en contacto con nostros.

ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Si el sistema ha sido adecuado para vds. y especialmente para su hijo y no ha generado ningún problema en el mismo, no parece conveniente el cambio, pues de producirse, no podrían vds, dedicar el tiempo suficiente al mismo y a su trabajo, por lo que, sin realizar un análisis mas exhaustivo, no parece adecuado realizar cambios. Por otro lado, la pensión dependerá de las necesidades del menor y de las posibilidades de los padres. Consulta el asunto con un abogado especializado, a fin de que analice todas las circunstancias relevantes del caso, antes de que tome vd. cualquier decisión.
Espero haber sido util, quedamos a su disposición, un cordial saludo.

Para tramitar cuestiones como la custodia, régimen de visitas y alimentos hay que iniciar un proceso judicial con abogado y procurador. Para la concesión de la custodia compartida hay que tener en cuenta muchas variables (distancia entre domicilios, cercanía de estos al colegio, vinculación afectiva, relación personal entre padres,etc.).
Importante: La custodia compartida no exime siempre ni automáticamente de satisfacer alimentos a los menores, eso también depende de otros factores (situación económica de ambos, nivel de vida anterior y actual,etc. ).
Si quiere presupuesto sin compromiso puede contactar conmigo.

ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
Es bueno validar judicialmente los acuerdos privados, dado que ahora que ella pretende cambiar las condiciones sería ella la que debería acudir al juzgado y no usted.
Debería interponer una demanda de guarda y custodia, solicitando la guarda y custodia compartida de su hijo. Si hasta ahora el régimen de guarda y custodia ha sido el que dice, sin entrar en profundidad por falta de información, en principio no debería haber problemas en ratificar esa situación judicialmente.
Si desea presupuesto, no dude en ponerse en contacto.
Un saludo,

Si hasta ahora han tenido custodia compartida y puede demostrarlo, no debería haber problema en conseguirla judicialmente. Debe presentarse demanda con abogado y procurador.
El coste de procurador y tasas, en su conjunto, ronda los 400 €.
Los honorarios de nuestros abogados están incluidos en nuestro servicio de tarifa plana, puede informarse en nuestra web www.abogados.eu.com.
Un saludo.

Los requisitos para la custodia compartida dependen del caso concreto, pero en general se basa en que disponga de horarios para llevar a cabo las tareas que requieren los menores, y un espacio en el que se puedan desarrollar correctamente.
Si desea un presupuesto, no dude en contactar con nosotros.
Un saludo.