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Revisión de convenio regulador de divorcio

Tengo una custodia compartida y con una pensión de alimentos de 400€.
Ella está trabajando, dada de alta a 4 horas y ella no paga la hipoteca y el piso. Ha pasado a acción judicial.
¿Puedo hacer algo para presentar una revisión de medidas?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO ACCIDENTES DE TRÁFICO SEVILLA JOSÉ CARLOS AZNAR LORENTE
Contestado hace 11 años

Para revisar o modificar una sentencia de divorcio es necesario que se haya producido un cambio significativo en las circunstancias personales o económicas de las partes desde que se dictó la sentencia.Para ello es necesiario que las circunstancias hayan cambiado de tal forma que hagan necesario fijar otras medidas.
Se puede modificar sin necesidad de demostrar nada cuando un convenio regulador se modifica por otro , pero para ello es necesario que ambas partes esten de acuerdo.
En su caso es dificil que la otra parte este de acuerdo en modificar el convenio de mutuo acuerdo ,por lo que tendría que instar una modificación de medidas contenciosa con la obligación de justificar que las circunstancias por la que se firmó el convenio regulador han cambiado.Para esta modificación de medidas tiene que acudir a la via judicial con abogado y procurador alegando los motivos por la que uste solicita el cambio de medidas ,pudiendo valer los que usted indica en su pregunta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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POZO ASESORES

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Contestado hace 11 años

En primer lugar, ella por imperativo legal ha de pagar la hipoteca; el Tribunal Supremo lo ha mantenido reiteradamente y crea jurisprudencia; así es que se puede meter nuevo proceso de modificación de medidas, en donde se decrete que ella ha de pagar la mitad de la hipoteca y la cantidad de los hijos depende de las cuantias economicas tanto de el como de ella; también están establecidas conforme los baremos y tablas que tiene perfectamente establecidas el Consejo General del Poder Judicial.
asi es que consiguiendo todo esto, el piso no se subastará sino que podemos adjudicarnoslo por la diferencia que ella debe.
soy abogada matrimonialista, deherencias y despidos desde hace ya 27 años ininterrumpidos. un saludo

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GUILLEN ABOGADOS

GUILLEN ABOGADOS

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

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Contestado hace 11 años

Buenos días

De los escasos datos de su pregunta imagino que por impago de hipoteca la entidad bancaria quiere proceder al embargo y lo que pretende usted es que su ex mujer pague la mitad que le corresponde, para ello debe ejecutar la sentencia de divorcio en la que se establece que el pago de la hipoteca se sufragará por mitad e ir satisfaciendo deuda para evitar que la entidad ejecute, de todas formas para poder ayudarle con más fiabilidad póngase en contacto con este despacho, somos especialistas en la materia y la primera consulta es gratuita y sin compromiso.

Saludos.

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AC ABOGADOS

AC ABOGADOS

Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

Contestado hace 11 años

Necesitamos mas informacion.Puede venir a nuestras oficinas en Sevilla y le atenderemos con mucho gusto, consulta y estudio juridico son gratuitos, permitimos pago a plazos y descuentos precio colegio. info@abogadosac.es seis seis cuatro ocho siete nueve ocho tres tres

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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

Contestado hace 11 años

No entiendo demasiado bien qué quiere decir que "Ha pasado a la acción judicial". ¿Quiere decir que ella le ha demandado a Ud.?

En cuanto a la revisión de medidas tendría que interponer la oportuna demanda pero a priori es difícil saber si puede prosperar.

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