¿Se puede embargar una vivienda en régimen de separción de bienes por no poder pagar tarjeta crédito?

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si judicialmente es condenado a pagar lo que debe, le podrán embargar lo que le pillen en cantidad suficiente para cobrar y, entre otras cosas, la cuota de Propiedad que pueda tener en esa casa. No obstante, si le demandan, consulte inmediatamente con un abogado las posibilidades que tiene frente a esa demanda y actúe en consecuencia. Otra opción es que trate de hacer una propuesta razonable al acreedor y pueda llegar a un acuerdo. Si desea ampliarnos la información y que le asesoremos, contacte con nosotros y pídanos un presupuesto.

Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Si se encuentra en régimen de de separación de bienes, pueden embargar cualquier bien que este a su nombre, ya sea la vivienda o cualquier otro bien.
Un saludo

Si la vivienda está a su nombre al 50 % le pueden embargar sólo dicha parte.