Separación de bienes.

Abogados Gijón Ángeles López y Mario Argüelles
Abogado de Gijón especializado en Derecho de Familia
Después de contraído matrimonio responderán los bienes del deudor y los bienes que sean comunes, mas no los del otro cónyuge, por tratarse de deudas anteriores.
Por otra parte, si no se especifica nada, el matrimonio se contrae en régimen de gananciales, lo cual supone que cualquier bien que se adquiera después de casados pasa a ser común. Si en atención a las circunstancias económicas y personales de la pareja esta situación no resultara deseable, será necesario pactar un régimen económico, que podría ser el de separación de bienes, en cuya virtud cada cónyuge sería titular de sus propios bienes, sin que ello impida que se puedan tener bienes comunes.

Buenos días. Efectivamente si va a contraer matrimonio puede hacerlo en régimen de sociedad de gananciales, que es la regla general, o en separación de bienes, pero debe pactarlo expresamente, puesto que de lo contrario regiría el régimen de gananciales. Para establecer el régimen de separación de bienes debe realizar capitulaciones ante Notario en el que conste expresamente este hecho. Si desea más información estaríamos encantados de atenderle, nuestro despacho se encuentra en C/ Uria 60, 1º G, Oviedo
www.abogadosquiros.com
Un saludo,
Abogados Quirós

ABOGADO IMPAGADOS ASTURIAS ANB ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho Administrativo
Buenos días:
En su caso, debe hacer una separación de bienes, le han informado correctamente. En ese caso, tanto las deudas como las ganancias serán de cada uno.
Debe hacer constar ese hecho expresamente, ya que por defecto, se establece el régimen de gananciales.
Nos ponemos a su disposición para realizar los trámites. No dude en contactar con nosotros, bien vía telefónica, bien mediante correo electrónico (anb.abogados@gmail.com).
Un cordial saludo,
Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS
anb.abogados@gmail.com

El matrimonio se puede regir económicamente por el régimen de gananciales o por el de separación de bienes. En el primero, los bienes que se compran y las ganancias que se obtienen son para ambos cónyuges por igual, pero también deben de responder ambos de las deudas. En la separación de bienes, cada uno hace suyos los bienes que compra y las deudas que contrae, sin vincular al otro cónyuge. Sin duda alguna, en tu caso es preferible establecer el régimen de separación de bienes.
Es la única forma de desvincular ambos patrimonios. Supone que ambos conservaran sus patrimonios independientes con sus activos y sus deudas. Con lo cual las deudas de cada uno no afectaran al otro.
Para ello deben acudir a un abogado y a un notario que redacten un contrato llamado capitulaciones matrimoniales
Saludos

ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
Es aconsejable casarse bajo el régimen de separación de bienes pero no por el problema que usted plantea. Las actuales deudas tienen su origen antes de contraer matrimonio por lo que son deudas privativas de cada uno de ustedes y nunca serán comunes .
www.laviadaabogados.com

Hola,
Lo suyo es hacer una separación de bienes, de esta manera existirá una separación de patrimonios. Nosotros desde el despacho llevamos los trámites de manera rápida efectiva y barata. Llama para informarte con la Primera Consulta Gratuita.
Saludos