Servidumbre ¿Quién y qué tipo de vehículos tiene derecho a utilizarla?

Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Por lo que señala no hay ningún tipo de servidumbre constituida por su finca. No obstante, habría que examinar su titulación para aclarar ese punto. En cuanto al tema de los vehículos a pasar, entiendo que a falta de servidumbre constituida el paso es el que es, lo cual no impide que sus vecinos puedan acudir a los Juzgados solicitando la constitución de una servidumbre acorde a las necesidades de su finca en la cual, se incluiría casi seguro, el paso de camiones para el suministro de gasoil.
No obstante, dicha servidumbre de paso queda condicionada para que se constituya a que las fincas no sean colindantes con ningún camino público

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Da la sensación que ese camino privado, hace las veces de una servidumbre de paso, le sugiero que revise las escrituras de propiedad, además avala esta presunción el largo periodo de tiempo que está constituido el citado camino, más de 40 años. No obstante, por seguridad jurídica le sugiero que con los títulos dominicales o de propiedad que usted posea, se ponga en manos de un abogado civilista para que le aclare el asunto.

Daniel Loza Saldias - Abogado en Irun y Especialista en Accidentes de Tráfico en Guipúzcoa
Abogado de Irun especializado en Derecho Penal Común
Hola,
En primer lugar, habría que revisar las escrituras de las fincas para saber si se habla de esa servidumbre de paso. Entiendo que si es el único camino para acceder a sus caminos, tendrán una servidumbre de paso
Respecto a su pregunta y habiendo revisado antes las diferente escrituras, en principio podrán utilizar ese camino los vehículos con la anchura adecuada para el mismo.
Saludos