Sociedad constituida en Uruguay con socios españoles

BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
Entiendo que la sociedad fue constituida en Uruguay y de conformidad con las leyes Uruguayas que son las que determinaran la obligación de cada socio. Se debe saber que tipo de sociedad constituyeron y que obligaciones tienen los socios. Entiendo que la ley aplicable a estas cuestiones es la ley de Uruguay y si aquella determina que hay que contribuir se le podrá reclamar su quota. Cuestión distinta será determinar si no cumple la reclamación extrajudicial en que tribunales se le puede demandarle para hacerle cumplir. Esto es más complicado aunque hay convenio de cooperación judicial con Uruguay esta materia no esta expresamente incluida, lo que dificultaría el reconocimiento en España de una resolución de Uruguay. En una consulta más extensa se podría analizar todas las posibilidades.