sociedad francesa

RAFAEL DE LA VEGA CHURRUCA
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Internacional
Buenos días, para poder responder a su pregunta necesitaríamos saber el tipo de sociedad que tienen ustedes, su fecha de creación, su registro de comercio etc. En Francia se podría acudir al Tribunal de Comercio para establecer un plan de pagos de la deuda, que podría ser una alternativa útil antes de pensar en liquidar la sociedad. En cualquier caso, como le digo, necesitaremos más datos para poder ayudarles eficazmente. Puede escribir un correo a rafaeldelavega@icam.es, o a keitavocats@wanadoo.fr, o bien llámenos al 0034629558389 (España) o a 0033629464870 (Francia)
Muchas gracias y un saludo

Abogado Despidos Madrid Santiago Recuero Astray
Abogado de Madrid especializado en Derecho Laboral
Habría que estudiar el tema con más detalle pero le puedo decir que si la sociedad es de responsabilidad limitada Vd. y su hermana sólo arriesgarían el dinero que han aportado o se han comprometido a aportar y, a partir de ahí, el resto de las deudas son responsabilidad de la sociedad y no de Vds., en todo caso y, según las circunstancias, se puede responsabilizar al administrador pero no a los dueños de participaciones sociales. Si quiere llámeme y lo vemos en mi despacho.