Soy conserje de finca urbana en madrid y quisiera saber si el plus de transporte y la utilización de teléfono se consideran complementos salariales y computables como antigüedad.
Respuestas de otros profesionales:
Basic

Contestado
hace 11 años
En su Convenio no figuran tales percepciones como complementos salariales por lo que en principio no computarían a efectos de antigüedad.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado